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Diario Constitucional

Conclusiones de la Abogada General Kokott.

Abogada General del TJUE propone que el acuerdo de resolución amistosa de un litigio entre titular de una patente farmacéutica y un fabricante de medicamentos puede ser contrario al Derecho de la competencia de la UE.

Un acuerdo de ese tipo puede analizarse como una restricción de la competencia por el objeto o por sus efectos y como un abuso de posición dominante.

Por diarioconstitucional·28 de enero de 2020·1 min de lectura
Abogada General del TJUE propone que el acuerdo de resolución amistosa de un litigio entre titular de una patente farmacéutica y un fabricante de medicamentos puede ser contrario al Derecho de la competencia de la UE.
Referencial

Un acuerdo de ese tipo puede analizarse como una restricción de la competencia por el objeto o por sus efectos y como un abuso de posición dominante . . .

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