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Acogió Casación.

TS de España acogió casación contra concesionaria por contabilizar saldo de compensación y derechos de cobro como activo financiero y no como inmovilizado intangible.

El Tribunal Supremo de España distinguió entre los activos financieros y los inmovilizados intangibles.

Por diarioconstitucional·23 de febrero de 2020·1 min de lectura
TS de España acogió casación contra concesionaria por contabilizar saldo de compensación y derechos de cobro como activo financiero y no como inmovilizado intangible.
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El Tribunal Supremo de España distinguió entre los activos financieros y los inmovilizados intangibles . . .

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