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Diario Constitucional

Segunda sala.

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de un requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del Código Civil que habilita al juez para declarar la nulidad absoluta de oficio.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 1683 del Código Civil. La norma legal, en la parte impugnada, establece que "La nulidad absoluta puede y debe ser declarada por el juez, aún sin petición de parte, cuando aparece de manifiesto en el acto o contrato". La gestión pendiente invocada…

Por diarioconstitucional·04 de julio de 2011·1 min de lectura
TC se pronunciará sobre la admisibilidad de un requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del Código Civil que habilita al juez para declarar la nulidad absoluta de oficio.
Referencial

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 1683 del Código Civil.

La norma legal, en la parte impugnada, establece que “La nulidad absoluta puede y debe ser declarada por el juez, aún sin petición de parte, cuando aparece de manifiesto en el acto o contrato”.

La gestión pendiente invocada incide en un recurso de casación en la forma y apelación de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.

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