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TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna normas del Código Procesal Penal.

El TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la oración "cuando lo interpusiere el Ministerio Público", contenida en el inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal, y de la oración "dicte las instrucciones necesarias para que sus peritos puedan acceder a examinar", contenida en el artículo 320 del mismo…

Por diarioconstitucional·13 de diciembre de 2012·1 min de lectura
TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna normas del Código Procesal Penal.
Referencial

El TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la oración "cuando lo interpusiere el Ministerio Público", contenida en el inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal, y de la oración "dicte las instrucciones necesarias para que sus peritos puedan acceder a examinar", contenida en el artículo 320 del mismo código.La gestión pendiente invocada incide en un proceso penal sobre el delito reiterado de usurpación de aguas, seguido ante el Juzgado de . . .

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