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Diario Constitucional

Segunda sala.

TC no admitió a trámite acción de inaplicabilidad y la declaró derechamente inadmisible al no acreditarse la existencia de una gestión pendiente en la cual el precepto legal impugnado pudiera tener aplicación.

La impugnación no se admitió a trámite y se declaró derechamente inadmisible, toda vez que la sala designada por el Presidente del TC llamada a pronunciarse sobre su admisión a trámite a fin de resolver sobre la admisibilidad de la acción deducida, concluyera que adolece de vicios o defectos tales que hacen imposible que pueda prosperar.

Por diarioconstitucional·09 de julio de 2011·1 min de lectura
TC no admitió a trámite acción de inaplicabilidad y la declaró derechamente inadmisible al no acreditarse la existencia de una gestión pendiente en la cual el precepto legal impugnado pudiera tener aplicación.
Referencial

La impugnación no se admitió a trámite y se declaró derechamente inadmisible, toda vez que la sala designada por el Presidente del TC llamada a pronunciarse sobre su admisión a trámite a fin de resolver sobre la admisibilidad de la acción deducida, concluyera que adolece de vicios o defectos tales que hacen imposible que pueda prosperar . . .

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