Hay votos en contra.
TC desechó en todas sus partes requerimiento de inconstitucionalidad del Convenio Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales (UPOV-91) suscrito en el marco del TLC Chile-EEUU.
"....pese a que el carácter no autoejecutable de alguna de las normas impugnadas resulta inequívoco, le asiste la convicción que la obligación que ellas imponen de desarrollar sus enunciados normativos a través de disposiciones legislativas o administrativas internas, se hace aconsejable igualmente revisar los fundamentos constitucionales de las mismas".

El TC rechazó declarar inconstitucional una serie de disposiciones del Convenio Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales UPOV-91, incluido en el capítulo de Propiedad Intelectual del Tratado de Libre Comercio (TLC) celebrado entre Chile y EEUU.
El Convenio protege las obtenciones vegetales (modificaciones genéticas a semillas o variedades vegetales) por lo que cualquier persona podría inscribir y obtener derechos sobre una variedad vegetal.
El conflicto surge cuando 17 senadores impugnaron la constitucionalidad de determinadas disposiciones del referido Convenio internacional y solicitaron que se declare que los artículos 7, 10 N°3, 14, 14 N°2, 15, 16, 17 y 40 del Proyecto UPOV-91, que reforma el Convenio Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales, infringen la Carta Fundamental, específicamente, el deber del Estado de promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional, la igualdad ante la ley, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica y el derecho de propiedad.



