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Diario Constitucional

Primera Sala.

TC declaro inadmisible requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el inciso segundo del artículo 83 del CPC por cuanto el precepto legal impugnado no puede tener aplicación en una gestión concluida por sentencia ejecutoriada.

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional el artículo 83, inciso segundo, del CPC en relación a una causa seguida ante un Juzgado del Trabajo de Santiago. El precepto impugnado señala que la nulidad procesal "sólo podrá impetrarse dentro de cinco días, contados desde que aparezca o se acredite que quien deba reclamar de la nulidad…

Por diarioconstitucional·09 de junio de 2010·1 min de lectura
TC declaro inadmisible requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el inciso segundo del artículo 83 del CPC por cuanto el precepto legal impugnado no puede tener aplicación en una gestión concluida por sentencia ejecutoriada.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional el artículo 83, inciso segundo, del CPC en relación a una causa seguida ante un Juzgado del Trabajo de Santiago.

El precepto impugnado señala que la nulidad procesal “sólo podrá impetrarse dentro de cinco días, contados desde que aparezca o se acredite que quien deba reclamar de la nulidad tuvo conocimiento del vicio, a menos que se trate de la incompetencia del tribunal”.

El requirente considera que dicho precepto hace ilusorio el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva . . .

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