No existe gestión pendiente.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma del Código del Trabajo relativa al abandono del recurso de nulidad.
restando sólo la dictación del "cúmplase" de la sentencia, la preceptiva impugnada no puede recibir aplicación en dicho trámite, toda vez que el Tribunal que conoce del asunto ya ha adoptado una decisión sobre el fondo del mismo y posteriormente se ha declarado el abandono del recurso, verificándose además la causal de inadmisibilidad del numeral 5° del artículo de la LOCTC.

restando sólo la dictación del "cúmplase" de la sentencia, la preceptiva impugnada no puede recibir aplicación en dicho trámite, toda vez que el Tribunal que conoce del asunto ya ha adoptado una decisión sobre el fondo del mismo y posteriormente se ha declarado el abandono del recurso, verificándose además la causal de inadmisibilidad del numeral 5° del artículo de la LOCTC . . .



