Segunda Sala.
TC declaró inadmisible acción de inaplicabilidad del ley interpretativa de norma del Código del Trabajo relativa a la nulidad del despido. No se acreditó existencia de gestión pendiente.
El TC verificó que la gestión invocada en el requerimiento se encuentra fallada por sentencia ejecutoriada y que el cumplimiento de lo resuelto está aun pendiente ante el juez del fondo que decretó un embargo.

El TC verificó que la gestión invocada en el requerimiento se encuentra fallada por sentencia ejecutoriada y que el cumplimiento de lo resuelto está aun pendiente ante el juez del fondo que decretó un embargo . . .



