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Diario Constitucional

Control obligatorio.

TC declara que se ajusta la Constitución proyecto de ley que tipifica el delito de tráfico de niños y personas adultas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal.

Después de verificar que fueron aprobadas en ambas Cámaras con las mayorías requeridas por la Constitución, que se cumplió con el trámite de oír a la Corte Suprema y que respecto de ellas no se suscitó cuestión de constitucionalidad, resolvió que se ajustan a la Carta Fundamental.

Por diarioconstitucional·18 de marzo de 2011·2 min de lectura
TC declara que se ajusta la Constitución proyecto de ley que tipifica el delito de tráfico de niños y personas adultas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal.
Referencial

La Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que tipifica el delito de tráfico de niños y personas adultas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal, a fin de que ejerza el control de constitucionalidad respecto del artículo 411 octies que se introduce al Código Penal y del artículo 78 bis que se agrega al Código Procesal Penal.

Luego de transcribir los incisos primero y segundo el artículo 77 y el inciso primero del artículo 83, ambos de la Carta Fundamental, junto a las normas sometidas a control, el Tribunal concluye que, en tanto confieren nuevas atribuciones a los Juzgados de Garantía y al Ministerio Público, son propias de la ley orgánica constitucional relativa al Poder Judicial y al Ministerio Publico, respectivamente.

Después de verificar que fueron aprobadas en ambas Cámaras con las mayorías requeridas por la Constitución, que se cumplió con el trámite de oír a la Corte Suprema y que respecto de ellas no se suscitó cuestión de constitucionalidad, resolvió que se ajustan a la Carta Fundamental.

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