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Unión Española.

TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas sobre interés sancionatorio por deuda previsional.

La gestión pendiente incide en los autos sobre cobranza previsional que conoce el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.

Por diarioconstitucional·13 de mayo de 2014·1 min de lectura
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas sobre interés sancionatorio por deuda previsional.
Referencial

La gestión pendiente incide en los autos sobre cobranza previsional que conoce el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago . . .

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