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Diario Constitucional

Por unanimidad

CS determinó que a nadie le es lícito hacer valer un derecho civil o procesal en contradicción con su anterior conducta jurídica.

El máximo Tribunal señaló que, los sentenciadores han incurrido en los errores de derecho denunciados al concluir que la exigibilidad de la obligación demandada se produjo el 9 de septiembre de 2006.

Por diarioconstitucional·28 de julio de 2020·1 min de lectura
CS determinó que a nadie le es lícito hacer valer un derecho civil o procesal en contradicción con su anterior conducta jurídica.
Referencial

El máximo Tribunal señaló que, los sentenciadores han incurrido en los errores de derecho denunciados al concluir que la exigibilidad de la obligación demandada se produjo el 9 de septiembre de 2006 . . .

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