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Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS acoge recurso de unificación de jurisprudencia y ordena el pago solidario de prestaciones adeudadas a empresa principal que solicitó los servicios de trabajadora bajo subcontratación.

Máximo Tribunal reiteró que empresa principal no puede limitar su responsabilidad frente al no pago de prestaciones laborales a trabajadores que presten servicios en sus dependencias bajo subcontrato.

Por Joaquín Morales·24 de abril de 2020·1 min de lectura
CS acoge recurso de unificación de jurisprudencia y ordena el pago solidario de prestaciones adeudadas a empresa principal que solicitó los servicios de trabajadora bajo subcontratación.
Referencial

Máximo Tribunal reiteró que empresa principal no puede limitar su responsabilidad frente al no pago de prestaciones laborales a trabajadores que presten servicios en sus dependencias bajo subcontrato . . .

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