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Recurso de Nulidad

Ley de Tránsito.

Suspensión de licencia de conducir por el delito de conducción en estado de ebriedad es una pena principal y no accesoria, resuelve la Corte de La Serena.

Se trata de una sanción principal que cuenta con una regulación específica, dada por la norma del artículo 196 de la Ley 18.290 que, no considera rebaja.

Por Francisca Barrios Benavente·03 de octubre de 2022·1 min de lectura
Manejar en estado de ebriedad sin licencia de conducir se sanciona con la pena por el delito más grave, esto es, conducir en estado de ebriedad sin licencia.
Imagen referencial

Se trata de una sanción principal que cuenta con una regulación específica, dada por la norma del artículo 196 de la Ley 18.290 que, no considera rebaja . . .

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