10°C · Nublado·Santiago·Sábado, 08 de agosto de 2026

Recurso de Nulidad

Recurso de nulidad rechazado

Sentencia por homicidio simple contra enajenado mental que declaró, fue interrogado y contrainterrogado en juicio, no es nula

La Corte de Chillán rechazó la nulidad interpuesta por la defensa y confirmó la medida de internación en recinto psiquiátrico. Aunque advirtió que el imputado, declarado inimputable, no debió declarar ni ser interrogado en juicio, validó la calificación de homicidio simple por la puñalada en el muslo que cercenó la arteria femoral de la víctima y le causó la muerte.

Por Francisca Barrios Benavente·02 de agosto de 2025·7 min de lectura
Sentencia por homicidio simple contra enajenado mental que declaró, fue interrogado y contrainterrogado en juicio, no es nula
Imagen referencial

La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la capital de la Región de Ñuble que le impuso al requerido la medida de seguridad de internación en un Hospital Psiquiátrico por el lapso de siete años por el delito de homicidio simple.

El recurrente alegó que se falló con errónea aplicación del derecho, ya que el Tribunal calificó los hechos como constitutivos de homicidio simple del artículo 391 N°2 del Código Penal, en circunstancias que, debió estimarlo como un delito preterintencional, toda vez que el requerido sólo obró con dolo de lesionar y no con intención de matar, al propinar una única estocada en el muslo de la víctima en el contexto de una pelea, sin premeditación ni manifestaciones de ánimo homicida, pues si hubiese querido o al menos previsto la muerte, le habría agredido zonas vitales.

Aduce que la sentencia omitió distinguir entre animus necandi y animus lesionandi, presumiendo indebidamente la intención de matar por el tamaño del cuchillo y la gravedad de la lesión, pese a que el corte se dirigió a una zona no vital y que para una persona común no es previsible la existencia de la arteria femoral, pues como persona inimputable incluso pudo distinguir conscientemente una zona no letal, dirigiendo su conducta hacia ella.

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.