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Diario Constitucional

Corte Suprema.

Órganos del Estado deben pagar las cotizaciones previsionales devengadas durante la relación laboral reconocida por sentencia judicial.

Las cotizaciones previsionales deben reajustarse de acuerdo a lo previsto en el artículo 63 del Código del Trabajo.

Por Redacción·11 de abril de 2024·1 min de lectura
Órganos del Estado deben pagar las cotizaciones previsionales devengadas durante la relación laboral reconocida por sentencia judicial.
Referencial

Las cotizaciones previsionales deben reajustarse de acuerdo a lo previsto en el artículo 63 del Código del Trabajo . . .

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