Dictamen de la Dirección del Trabajo.
No procede conceder el descanso reparatorio a funcionaria de una Corporación Municipal que no desempeñó efectivamente funciones durante todo el período exigido por la ley.
No desempeñó funciones por haber sido suspendida durante la tramitación de un proceso disciplinario.

No desempeñó funciones por haber sido suspendida durante la tramitación de un proceso disciplinario . . .
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