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Diario Constitucional

Personal a honorarios.

Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt resolvió que no hubo relación laboral entre la actora y el Gobierno Regional de Los Lagos.

La relación se ajustó a lo dispuesto en el artículo 11 del Estatuto Administrativo.

Por Redacción·15 de febrero de 2021·1 min de lectura
CS rechazó impugnación relativa a la naturaleza jurídica de la relación entre un prestador de servicios a honorarios y el Gobierno Regional de Los Lagos.
Referencial

La relación se ajustó a lo dispuesto en el artículo 11 del Estatuto Administrativo . . .

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