9°C ·Santiago·04 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Recurso de queja acogido por la Corte Suprema.

Corte Suprema ordena a Juzgado del Trabajo de Osorno tramitar una demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional de funcionario municipal.

El máximo Tribunal sostuvo que la judicatura laboral no puede declararse incompetente de conocer la demanda, por el mero hecho de que la relación laboral entre la demandante y el municipio demandado no ha sido declarada aún, debido a que la Ley Nº16.744 es aplicable a todos los trabajadores sin distinción de calidad, o si se desempeñan en el sector público o privado.

Por Redacción·15 de marzo de 2024·1 min de lectura
Relación entre funcionario contratado a honorarios y municipio de Huechuraba se rige por el Código del Trabajo al participar de los elementos de subordinación y dependencia propios de un vínculo laboral.
Referencial

El máximo Tribunal sostuvo que la judicatura laboral no puede declararse incompetente de conocer la demanda, por el mero hecho de que la relación laboral entre la demandante y el municipio demandado no ha sido declarada aún, debido a que la Ley Nº16.744 es aplicable a todos los trabajadores sin distinción de calidad, o si se desempeñan en el sector público o privado . . .

Te puede interesar

Suscribirme a Newsletter