7°C · Parcial nublado·Santiago·Sábado, 08 de agosto de 2026

Judicial

Beneficio para adultos mayores

Se elimina contribuciones a la vivienda principal de mayores de 65 años

La propuesta establece una exención total del impuesto territorial para una vivienda por beneficiario. Para acceder, el propietario deberá acreditar que se trata de su residencia habitual, estar al día en contribuciones y derechos de aseo, y presentar una declaración jurada ante el SII.

Por Elke von Loebenstein·08 de agosto de 2026·2 min de lectura
Imagen: ChatGPT/Elke
Imagen referencial

La ley elimina por completo el pago de contribuciones sobre la vivienda principal de las personas propietarias mayores de 65 años.

Se considerará vivienda principal aquella en la que la persona vive habitualmente y que constituye su residencia principal. El beneficio también incluirá las bodegas y estacionamientos ubicados en la misma dirección, siempre que se utilicen para fines relacionados con la vivienda.

La exención solo podrá aplicarse a una propiedad en todo Chile. Por lo tanto, una persona no podrá utilizar el beneficio en dos o más viviendas al mismo tiempo.

Cuando la propiedad pertenezca a varias personas, todos los copropietarios deberán ser personas naturales y al menos uno de ellos tendrá que vivir efectivamente en el inmueble.

Cuando la copropiedad se haya originado por el fallecimiento del cónyuge o conviviente civil, bastará con que la persona mayor de 65 años sea propietaria de al menos el 25% de la vivienda.

El beneficio también podrá aplicarse a propiedades que tengan un uso habitacional y comercial u otro uso, siempre que al menos el 50% de la superficie construida esté destinada a vivienda.

Para acceder a la exención, el propietario deberá presentar una declaración jurada ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), señalando que el inmueble corresponde a su residencia habitual. El organismo establecerá mediante una resolución el plazo y la forma de presentar este documento.

Además, el propietario deberá encontrarse al día en el pago de las tarifas anuales por servicios de aseo y de las contribuciones correspondientes al año inmediatamente anterior.

Antes de quitar el beneficio, el SII deberá citar al contribuyente conforme al artículo 63 del Código Tributario, para que pueda entregar antecedentes y formular sus aclaraciones.

Quienes obtengan la exención sin cumplir los requisitos deberán pagar una multa equivalente al 300% de las contribuciones que evitaron pagar. Además, no podrán solicitar nuevamente el beneficio durante diez años.

La exención comenzará a regir el 1 de enero del año siguiente a la publicación de la ley.

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.