10°C · Nublado·Santiago·Sábado, 08 de agosto de 2026

Judicial

Reclamo de ilegalidad municipal rechazado.

Notificación del término anticipado de un contrato licitado efectuada por correo electrónico es válida. Así se establece expresamente en las bases administrativas.

La Corte determinó que el decreto alcaldicio que puso término al contrato se encuentra debidamente fundamentado, tanto en las bases, en el contrato de licitación, en la Ley N° 19.886 y en los hechos, que fueron constatados directamente por el Secretario Municipal.

Por Miguel García Herrera·08 de marzo de 2023·1 min de lectura
Notificación del término anticipado de un contrato licitado efectuada por correo electrónico es válida. Así se establece expresamente en las bases administrativas.
Imagen referencial

La Corte determinó que el decreto alcaldicio que puso término al contrato se encuentra debidamente fundamentado, tanto en las bases, en el contrato de licitación, en la Ley N° 19.886 y en los hechos, que fueron constatados directamente por el Secretario Municipal . . .

🔒 Contenido Premium

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.