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Diario Constitucional

Convivencia vecinal

Condenan a vecinos a indemnizar por ruidos de gatos y pérdida de arriendo

El tribunal ordenó indemnizar los daños materiales y morales ocasionados por molestias nocturnas reiteradas y adoptar medidas para cesar las perturbaciones.

Por Redacción·01 de abril de 2026·2 min de lectura
Imagen: anroca.com.ar
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Un tribunal de Argentina condenó a un matrimonio al pago de una indemnización por daños y perjuicios y les ordenó cesar las molestias ocasionadas por una sobrepoblación de gatos que, desde 2023, invadían techos vecinos, generando ruidos nocturnos, peleas y acumulación de desechos.

La sentencia, dictada en el marco de una demanda de menor cuantía, reconoció la existencia de perjuicios económicos y daño moral a favor del propietario afectado, quien vio cómo uno de sus inquilinos abandonó el inmueble debido a las molestias y se vio obligado a rebajar el precio del arriendo para mantener ocupado el departamento.

El demandante expuso que los gatos provenientes de la vivienda colindante utilizaban los techos como vía habitual de tránsito entre los patios de ambas propiedades, lo que facilitaba su desplazamiento. Según relató, los animales saltaban, corrían y se peleaban sobre las chapas durante las madrugadas, generando golpes constantes que impedían el descanso tanto del propietario como de sus arrendatarios.

Uno de los inquilinos —un joven que estudiaba y trabajaba— decidió mudarse ante la imposibilidad de conciliar el sueño debido a los ruidos diurnos y nocturnos. Asimismo, se acreditó que los animales dejaban desechos en la propiedad vecina, lo que agravaba la situación con olores y suciedad.

El propietario afectado inició la acción judicial luego de constatar que la convivencia se había vuelto insostenible. Previamente, había formulado denuncias ante el Juzgado de Faltas Municipal, instancia en la que se aplicaron sanciones a los vecinos, las que —según se estableció en la sentencia— no fueron cumplidas.

Por su parte, los demandados negaron responsabilidad, atribuyendo los hechos a una “sobrepoblación” de gatos en el sector. Afirmaron ejercer una tenencia responsable, indicando que los animales estaban castrados, y acusaron al demandante de exagerar los perjuicios y hostigar a los vecinos.

Sin embargo, el magistrado dio por acreditados los hechos mediante prueba documental —incluyendo actuaciones municipales— y testimonial, destacando la declaración del ex inquilino, quien confirmó la persistencia de los ruidos y la imposibilidad de descansar.

El tribunal sostuvo que las perturbaciones superaron los límites de tolerancia aceptables, atendida su frecuencia, su ocurrencia en horario nocturno y su prolongación en el tiempo. Asimismo, consideró configurada una conducta ilegal por omisión, al establecer que los demandados no adoptaron medidas pese a las advertencias y requerimientos previos, manteniendo una actitud pasiva frente a la situación.

En consecuencia, se acogió la demanda y se condenó a los demandados no solo al pago de una indemnización por daño material y moral, sino también a implementar las medidas necesarias para prevenir y poner término a toda fuente de molestias injustificadas derivadas de la conducta de los animales.

Vea sentencia de tribunal de argentina.

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