Inaplicabilidad por inconstitucionalidad
Requerimiento de inaplicabilidad
Conviviente impugna norma sobre comunidad de bienes: denuncia trato desigual que desconoce aportes tras 27 años de convivencia
La requirente cuestiona que la aplicación del artículo 2304 del Código Civil, al exigir prueba directa de aportes patrimoniales para reconocer una comunidad de bienes entre convivientes no casados, discrimina a las parejas de hecho, desconoce su aporte en la formación del patrimonio común y vulnera el deber del Estado de proteger a todas las formas de familia.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 2304 del Código Civil.
El precepto legal impugnado establece:
“Art. 2304.- La comunidad de una cosa universal o singular, entre dos o más personas, sin que ninguna de ellas haya contratado sociedad o celebrado otra convención relativa a la misma cosa, es una especie de cuasicontrato”. (Art. 2304, Código Civil).
La gestión pendiente versa sobre un recurso de casación en el fondo interpuesto ante la Corte Suprema por la requirente, quien fue pareja de hecho del causante durante 27 años, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó el rechazo de su demanda de declaración de existencia de cuasicontrato de comunidad. En dicha demanda, la requirente solicitó se reconociera una comunidad de bienes respecto de inmuebles, un vehículo taxi y un depósito a plazo adquiridos durante la convivencia.
El 4° Juzgado Civil de Santiago rechazó íntegramente la demanda, estimando que no se acreditaron aportes materiales directos ni participación económica verificable de la actora en la adquisición de los bienes, y que los antecedentes aportados eran insuficientes.
El conflicto de constitucionalidad que genera el precepto impugnado —según la requirente— radica en que la interpretación rígida y formalista del artículo 2304 del Código Civil, al exigir prueba directa y material de aportes patrimoniales para reconocer una comunidad de bienes entre convivientes no casados, impide en la práctica el reconocimiento jurídico de relaciones de hecho prolongadas, generando efectos inconstitucionales concretos y actuales.
En particular, alega que su aplicación en el caso concreto vulnera el principio de igualdad ante la ley, al discriminar a las familias de hecho frente a aquellas fundadas en el matrimonio; el derecho de propiedad, al excluirla del patrimonio que contribuyó a formar durante 27 años de convivencia; y el deber del Estado de proteger a la familia en cualquiera de sus formas, al desconocer y dejar sin amparo legal la existencia de un núcleo familiar consolidado.
En este contexto, solicita que se declare la inaplicabilidad del precepto impugnado en la causa actualmente pendiente ante la Corte Suprema, por cuanto su aplicación le impide acceder a la justicia en condiciones de equidad y proporcionalidad.
La Primera Sala designada por la Presidenta del Tribunal Constitucional tendrá que resolver si admite a trámite el requerimiento, si lo acoge a tramitación, deberá luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En caso de que se declare admisible, le corresponderá al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto.
Vea requerimiento y expediente Rol N° 16907-25-INA.
Temas
Te puede interesar

Inaplicabilidad por inconstitucionalidad
Impugnan constitucionalidad de auto acordado disciplinario de la Corte Suprema

Inaplicabilidad por inconstitucionalidad
Funcionaria judicial lleva al TC sanción por faltar a examen para cuidar a su padre

Inaplicabilidad por inconstitucionalidad
Impugnan de inaplicabilidad ante el TC normas sobre injurias en caso de medio Contrapoder
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.