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#Comunidad de bienes

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Inaplicabilidad por inconstitucionalidad

Requerimiento de inaplicabilidad

Conviviente impugna norma sobre comunidad de bienes: denuncia trato desigual que desconoce aportes tras 27 años de convivencia

La requirente cuestiona que la aplicación del artículo 2304 del Código Civil, al exigir prueba directa de aportes patrimoniales para reconocer una comunidad de bienes entre convivientes no casados, discrimina a las parejas de hecho, desconoce su aporte en la formación del patrimonio común y vulnera el deber del Estado de proteger a todas las formas de familia.

16 de septiembre de 2025

imagen: todojuicio.cl
Actualidad Internacional

Principio de onerosidad.

Gestiones extrajudiciales realizadas por los abogados deben retribuidas por sus clientes si han sido debidamente acreditadas, resuelve un tribunal argentino.

El principio que rige la actividad profesional del abogado, sea judicial o extrajudicial, es el de “onerosidad” de sus servicios. En tanto se encuentre acreditada la existencia de una tarea profesional cumplida, debe ser retribuida; pues es una labor que no se presume gratuita.

20 de noviembre de 2023

Inoponibilidad de compraventa, hipoteca y prohibición de enajenar, respecto de inmueble que pertenece a sociedad conyugal, se confirma por la Corte Suprema.
Asuntos de Interés Público

Recurso de casación en el fondo rechazado.

Inoponibilidad de compraventa, hipoteca y prohibición de enajenar, respecto de inmueble que pertenece a sociedad conyugal, se confirma por la Corte Suprema.

La magistratura hizo lugar a la inoponibilidad, así como a la reivindicación del 50% de los derechos del predio que pertenecen a la actora por no concurrir aquella a la venta celebrada por su ex esposo con un tercero, ocurrida dos años después del divorcio.

05 de septiembre de 2023

Matrimonio con el anterior dueño del inmueble junto al hecho de que fue declarado bien familiar, son antecedentes suficientes para entender que la ocupación no es meramente tolerada.
Asuntos de Interés Público

Demanda de precario rechazada.

Convivencia previa entre demandante y demandada es un antecedente válido para justificar la ocupación del inmueble, resuelve la Corte Suprema.

La demandada convivió por dos años con el dueño de la propiedad raíz, acto que presume la autorización del actor para su permanencia en el predio, e impide que se configure la hipótesis de mera tolerancia establecida en el inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil.

06 de diciembre de 2022