12°C ·Santiago·03 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Acción de impugnación acogida

Tribunal de Contratación Pública anula licitación de áreas verdes en Sierra Gorda por irregularidades

Comisión Evaluadora asignó puntajes erróneos y omitió fundamentación, pero obra continuará por su avanzado estado de ejecución. Detectó errores en la evaluación de ofertas, tanto del demandante como del adjudicatario. Tribunal criticó la falta de fundamentación en el Informe de Evaluación y el Decreto de adjudicación

Por Redacción·29 de diciembre de 2025·2 min de lectura
Tribunal de Contratación Pública anula licitación de áreas verdes en Sierra Gorda por irregularidades
Referencial

El Tribunal de Contratación Pública acogió la acción de impugnación interpuesta contra la Municipalidad de Sierra Gorda, en relación a la licitación pública «Concesión de Servicios de Mantención de Plazas, Jardines, Áreas Verdes y Espacios Públicos, comuna de Sierra Gorda».

La demandante cuestionó la evaluación del subcriterio «Experiencia del Supervisor Baquedano» del adjudicatario. Según la actora, la Comisión Evaluadora asignó erróneamente 6 puntos cuando debieron ser 0, ya que solo se acreditaban 9 meses de experiencia válida en mantención de áreas verdes.

Respecto al «Supervisor Sierra Gorda», la demandante argumentó que nuevamente se otorgaron 6 puntos al adjudicatario cuando correspondían 0. Alegó que la documentación presentada solo respaldaba 11 meses de experiencia, insuficientes para obtener puntaje según las bases.

En cuanto a la «Metodología de Trabajo» del adjudicatario, la demandante sostuvo que se le asignaron 7 puntos por cumplir supuestamente con 12 de 13 temas requeridos. Sin embargo, al analizar la Memoria Técnica, se evidenció que no se describía el «Plan de acción ante accidentes de trabajo y trayecto», por lo que debió obtener solo 4 puntos.

Finalmente, la actora impugnó su propia evaluación en el criterio «Metodología de Trabajo», argumentando que cumplió con los 13 temas exigidos, mereciendo 10 puntos en lugar de los 4 asignados. Esto, según la demandante, habría alterado significativamente el resultado final de la licitación.

El Tribunal de Contratación Pública acogió la acción de impugnación.

En lo referente al subcriterio «Experiencia del Supervisor Baquedano», el Tribunal concluyó que la Comisión Evaluadora actuó de manera ilegal y arbitraria. Determinó que solo se acreditaban 9 meses de experiencia válida en mantención de áreas verdes, por lo que correspondía asignar 0 puntos al adjudicatario en lugar de los 6 otorgados.

Respecto al «Supervisor Sierra Gorda», el Tribunal nuevamente encontró irregularidades en la evaluación. Señaló que la documentación presentada por el adjudicatario solo respaldaba 11 meses de experiencia, lo que según las bases de licitación merecía 0 puntos y no los 6 asignados por la Comisión.

En cuanto a la «Metodología de Trabajo» del adjudicatario, el Tribunal constató que no se describía el «Plan de acción ante accidentes de trabajo y trayecto», uno de los 13 temas requeridos. Por lo tanto, determinó que el puntaje correcto debía ser 4 y no 7 como se había otorgado inicialmente.

El Tribunal también se pronunció sobre la evaluación de la «Metodología de Trabajo» del demandante. Tras un análisis detallado, concluyó que la oferta cumplía con los 13 temas exigidos, mereciendo 10 puntos en lugar de los 4 asignados por la Comisión Evaluadora.

Finalmente, el Tribunal criticó severamente la falta de fundamentación tanto en el Informe de Evaluación como en el Decreto de adjudicación. Señaló que estos documentos se limitaron a asignar puntajes sin explicitar las razones que justificaban dichas calificaciones, lo que constituye una infracción a la normativa de contratación pública.

Vea sentencia Tribunal de Contratación Pública Rol N°289-2024.

Te puede interesar

Suscribirme a Newsletter