Acción de impugnación acogida
Tribunal anula adjudicación de licitación de JUNJI para arriendo de vehículos en la Región de O’Higgins por evaluación irregular
La Comisión Evaluadora no consideró válida la garantía de seriedad presentada electrónicamente por la demandante. La JUNJI admitió una oferta que incumplía requisitos esenciales de las bases. El Tribunal ordenó retrotraer el proceso licitatorio para una nueva evaluación

El Tribunal de Contratación Pública acogió la acción de impugnación interpuesta contra la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) de la Región de O’Higgins, declarando ilegal y arbitraria la Resolución Exenta que adjudicó la licitación «Arriendo de Vehículos» a otra empresa.
La demandante alegó que la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora en el criterio «Garantía de seriedad de la oferta» adolece de ilegalidad al no considerar como válida una garantía presentada electrónicamente que sí cumplía con los requisitos establecidos por las bases.
La acción de impugnación fue acogida por el Tribunal que declaró ilegal y arbitraria la aplicación de los criterios de evaluación respecto de la impugnante y la adjudicataria.
El fallo estableció que la Comisión Evaluadora ponderó incorrectamente la oferta del demandante al no considerar como válida una garantía de seriedad presentada electrónicamente que cumplía con los requisitos establecidos por las bases. Además, determinó que la oferta adjudicada incumplía el requisito esencial de propiedad de los vehículos ofertados.
El Tribunal resolvió que los actos impugnados «deben ser calificados como ilegales y arbitrarios», acogiendo los argumentos presentados por la demandante.
Respecto a las medidas para restablecer el imperio del derecho, ordenó a la JUNJI «retrotraer el procedimiento licitatorio al estado de efectuarse una nueva evaluación de las ofertas de los oferentes, con exclusión del adjudicado, ciñéndose estrictamente a las disposiciones de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que regularon la licitación, hasta su conclusión».
De ese modo el Tribunal resolvió declarar ilegal y arbitraría la evaluación y adjudicación para que en una nueva evaluación de las ofertas estas se ajusten estrictamente a lo establecido en las bases de licitación.
Vea sentencia Tribunal de Contratación Pública Rol°350-2024.
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