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Diario Constitucional

Ley 19.886.

Juez Civil es competente para conocer demanda de nulidad de derecho público deducida en contra de los actos acaecidos en un proceso de Gran Compra vía Convenio Marco.

La nulidad de derecho público es una acción general, y no un reclamo de ilegalidad como el establecido en la Ley 19.886, por lo que su competencia radica en la sede ordinaria.

Por Catalina Sepúlveda·05 de octubre de 2021·1 min de lectura
Imagen: PJUD.
Referencial

La nulidad de derecho público es una acción general, y no un reclamo de ilegalidad como el establecido en la Ley 19.886, por lo que su competencia radica en la sede ordinaria . . .

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