Acción de impugnación acogida
Adjudicación de licitación para conservar escuela en Arica se anula por Tribunal de Contratación Pública
Comisión Evaluadora no consideró un certificado de experiencia válido del demandante. El Servicio Local de Educación se allanó a la solicitud, reconociendo el error. El Tribunal ordenó retrotraer el proceso licitatorio para una nueva evaluación.

El Tribunal de Contratación Pública acogió la acción de impugnación interpuesta por una empresa constructora contra el Servicio Local de Educación Pública Chinchorro, declarando ilegal y arbitraria la Resolución Exenta que adjudicó la licitación «Conservación Escuela Darío Salas, Arica» a otra empresa.
La demandante alegó que la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora en el criterio «Experiencia del oferente en el rubro» adolece de ilegalidad al no considerar como válido un certificado de experiencia que sí cumplía con los requisitos establecidos por las bases.
El Tribunal acogió la impugnación tras allanarse la entidad demandada y declaró ilegal y arbitraria la aplicación de los criterios de evaluación respecto de la impugnante.
El fallo estableció que la Comisión Evaluadora evaluó incorrectamente la oferta del demandante al no considerar como válido un certificado de experiencia que cumplía con los requisitos establecidos por las bases, hecho que fue admitido por la entidad demandada que se allanó a la solicitud de la actora, reconociendo la efectividad de los fundamentos expuestos para solicitar la anulación de la adjudicación.
El Tribunal señaló que los actos impugnados «deben ser calificados como ilegales y arbitrarios», acogiendo los argumentos presentados por la demandante y aceptados por el Servicio Local de Educación Pública Chinchorro.
Respecto a las medidas para restablecer el imperio del derecho, el Tribunal ordenó al Servicio Local de Educación Pública Chinchorro «retrotraer el procedimiento licitatorio al estado de efectuarse una nueva evaluación de las ofertas de los oferentes, con la sola excepción de aquel cuya oferta fue declarada inadmisible en la resolución que invalidó la adjudicación, ciñéndose estrictamente a las disposiciones de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que regularon la licitación, hasta su conclusión».
En definitiva, el Tribunal resolvió que la declaración de ilegalidad y arbitrariedad de la evaluación y adjudicación requiere una nueva evaluación de las ofertas, que se ajuste estrictamente a lo establecido en las bases de licitación.
Vea sentencia Tribunal de Con tratación Pública Rol N°246-2024.
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