Responsabilidad administrativa
Contraloría descarta procedencia de sumarios contra personal a honorarios que renuncia en la Subsecretaría del Interior
En respuesta a un oficio de la Cámara de Diputadas y Diputados, la Contraloría General aclaró que el personal contratado a honorarios no posee calidad de funcionario público, por lo que la aceptación de sus renuncias voluntarias no requiere la tramitación previa de procedimientos disciplinarios, aun cuando exista una investigación administrativa en curso.

La Contraloría General de la República emitió un dictamen que aclara la improcedencia de iniciar procedimientos disciplinarios contra personal contratado a honorarios que presenta renuncia voluntaria, en el contexto de una investigación administrativa ordenada por la Subsecretaría del Interior.
El pronunciamiento responde a un oficio de la Comisión Especial Investigadora Nº 62, de la Cámara de Diputadas y Diputados, que solicitó un análisis sobre la aceptación por parte de la Subsecretaría del Interior de renuncias voluntarias sin que previamente se hubiesen tramitado procedimientos disciplinarios para determinar eventuales responsabilidades administrativas derivadas de presuntas infracciones al principio de probidad.
El pronunciamiento reitera que, conforme al artículo 11 de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, quienes prestan servicios a honorarios no son funcionarios públicos y su relación contractual se rige por el derecho común, por lo que no están sujetos a responsabilidad administrativa ni a procedimientos disciplinarios propios del Estatuto.
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