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Diario Constitucional

Se instruirá auditoría.

CGR se pronuncia sobre facultades de municipio para alterar prestaciones en atención primaria de salud.

El ente contralor expone que el artículo 58 de la Ley N° 19.378 regula el procedimiento a que debe someterse, para su aprobación, el proyecto de programa de salud municipal.

Por diarioconstitucional·18 de noviembre de 2014·1 min de lectura
CGR se pronuncia sobre facultades de municipio para alterar prestaciones en atención primaria de salud.
Referencial

El ente contralor expone que el artículo 58 de la Ley N° 19.378 regula el procedimiento a que debe someterse, para su aprobación, el proyecto de programa de salud municipal . . .

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