Municipalidad de Lago Ranco.
CGR se pronuncia sobre contratación de persona con síndrome de Down en establecimiento educacional.
La CGR concluye estableciendo que las consideraciones que SENADIS expone, en relación a una eventual inexigibilidad del requisito educacional, se dirigen a cuestionar la validez del respectivo precepto legal.

La CGR concluye estableciendo que las consideraciones que SENADIS expone, en relación a una eventual inexigibilidad del requisito educacional, se dirigen a cuestionar la validez del respectivo precepto legal . . .
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