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Contraloría General de la República

Dictamen

Contraloría aclara competencia en procedimientos disciplinarios de funcionarios DAEM no traspasados a servicios locales de educación

El ente contralor precisó que los municipios continúan siendo responsables de tramitar sumarios disciplinarios de empleados de sus DAEM que no fueron incorporados a los servicios locales de educación pública, mientras que los procesos de funcionarios transferidos quedan a cargo de los servicios locales.

Por Francisca Atenas·19 de agosto de 2025·2 min de lectura
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La Contraloría General de la República emitió un dictamen mediante el cual aclaró que los procedimientos disciplinarios iniciados por municipios relacionados con funcionarios de los Departamentos de Administración de Educación Municipal (DAEM) que no fueron traspasados a un Servicio Local de Educación Pública deben continuar siendo tramitados por las propias municipalidades. El pronunciamiento responde a una consulta presentada por la Municipalidad de Estación Central.

El dictamen se originó a raíz de la devolución por parte del Servicio Local de Educación Pública Santa Corina de 36 procedimientos disciplinarios iniciados durante la administración del servicio educacional por el municipio, que no habían sido concluidos a la fecha del traspaso, por tratarse de materias propias del nivel central del DAEM.

La municipalidad solicitó aclaración sobre el órgano competente para la tramitación de dichos procedimientos, dado que los funcionarios involucrados no fueron incorporados al servicio local correspondiente.

En su fundamento jurídico, la Contraloría recordó que la ley N° 21.040, en su artículo trigésimo octavo transitorio, regula el traspaso del personal de los DAEM a los servicios locales de educación pública. Este precepto establece que, excepcionalmente, las municipalidades pueden reubicar en otras funciones a los trabajadores que por cualquier causa no hubieren sido traspasados, manteniendo dicho personal el régimen laboral al que estaba sujeto previamente.

En su análisis, la Contraloría destacó que los municipios mantienen la potestad para reubicar y seguir tramitando procedimientos disciplinarios respecto de los funcionarios no traspasados, mientras que los servicios locales son competentes para los procesos que involucren personal incorporado a ellos después del traspaso. Se aplican en este contexto los dictámenes N° E105592/2021, E378936/2023 y E406589/2023, que establecen la continuidad de la tramitación según corresponda al personal involucrado.

Este pronunciamiento aclara la interpretación normativa sobre la tramitación de sumarios y procedimientos disciplinarios en el contexto de la implementación de los servicios locales de educación pública, reafirmando la potestad disciplinaria de los municipios respecto de los funcionarios que no fueron transferidos.

Vea texto completo del Dictamen N° E130460N25, de 4 de agosto de 2025.

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