Contraloría General de la República
Control de drogas
Contraloría precisa el alcance de los controles obligatorios de drogas para autoridades públicas
La Contraloría precisó el alcance del nuevo régimen de controles toxicológicos para autoridades de la Administración del Estado, definiendo quiénes deben someterse a los exámenes, cómo deben aplicarse y las consecuencias que genera un resultado positivo, además de aclarar aspectos sobre su implementación y financiamiento.

La Contraloría General de la República emitió un dictamen en el que precisa el alcance del Instructivo N° IN16, de 2026, relativo a la implementación de los controles obligatorios de consumo de drogas para autoridades de la Administración del Estado, aclarando quiénes están sujetos a estos exámenes, la forma en que deben aplicarse y las consecuencias derivadas de sus resultados.
El pronunciamiento se refiere a consultas formuladas por las Subsecretarías del Interior y de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE), orientadas a determinar la correcta aplicación del artículo 110 de la Ley N° 21.806, que amplió el régimen de controles toxicológicos para diversas autoridades públicas.
Tras analizar el marco normativo aplicable, particularmente la Ley N° 21.806, la Ley N° 18.575, el decreto N° 1.215 de 2006 y el Instructivo N° IN16 de 2026, la Contraloría concluyó que las nuevas disposiciones complementan el régimen ya existente sobre probidad administrativa y control del consumo de sustancias ilícitas, por lo que deben interpretarse de manera armónica con las normas vigentes.
En su análisis, el órgano contralor precisó que la obligación de someterse a los controles recae únicamente sobre los titulares de los cargos expresamente señalados por la ley, excluyendo a suplentes y subrogantes. Asimismo, sostuvo que los exámenes deben aplicarse de forma aleatoria e imprevisible, que no existe un intervalo mínimo predeterminado entre ellos y que, si un control arroja un resultado positivo, deberán realizarse las pericias médicas necesarias para determinar la existencia de una dependencia psicotrópica y, cuando corresponda, dar cumplimiento a las medidas de tratamiento previstas en la legislación vigente.
Finalmente, la Contraloría señaló que la ampliación del universo de autoridades sujetas a estos controles no modifica el esquema institucional existente para su implementación, por lo que corresponde al Poder Ejecutivo adoptar las medidas presupuestarias y administrativas necesarias para garantizar su correcta ejecución. Asimismo, precisó que los encargados de las unidades regionales de la SUBDERE no se encuentran comprendidos dentro de las autoridades obligadas por el artículo 110 de la Ley N° 21.806.
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