Contraloría General de la República
Tabaco y vapeo
Contraloría instruye al Minsal regularizar resolución sobre requisitos de información para tabaco y vapeadores
El órgano contralor concluyó que diversas disposiciones de la resolución del Ministerio de Salud sobre los deberes de información de productos de tabaco, tabaco calentado y sistemas de vapeo excedieron las atribuciones legales de esa cartera, por lo que instruyó adoptar medidas para regularizarla y revisar el instructivo complementario.

La Contraloría General de la República emitió un dictamen en el que concluye que el Ministerio de Salud debe regularizar la resolución exenta N° 1.085 de 2025, que establece directrices sobre los deberes de información relativos a productos de tabaco, tabaco calentado, sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN), sistemas electrónicos sin nicotina (SESN) y sus líquidos de vapeo, al estimar que parte de su contenido excede las atribuciones legales de esa cartera y debió dictarse mediante un decreto supremo.
El pronunciamiento se refiere a una solicitud presentada por representantes de British American Tobacco Chile Operaciones S.A. y BAT Chile S.A., quienes requirieron determinar la legalidad de la resolución exenta N° 1.085 de 2025 y del instructivo que regula los procedimientos, requisitos y obligaciones derivados de dicho acto administrativo.
Tras analizar el marco normativo aplicable, particularmente el artículo 4° del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, el artículo 9° de la Ley N° 19.419, los artículos 6° y 7° de la Constitución y su jurisprudencia administrativa previa, la Contraloría concluyó que las facultades conferidas por la ley al Ministerio de Salud corresponden, en realidad, al Presidente de la República, por lo que su ejercicio debe materializarse mediante un decreto supremo suscrito por la autoridad competente.
En su análisis, el órgano contralor también advirtió que la resolución impugnada incorporó exigencias que exceden el mandato legal. En ese sentido, sostuvo que el acto administrativo no se limitó a regular la forma en que debía entregarse la información sobre constituyentes, aditivos y sustancias utilizadas en estos productos, sino que impuso requisitos adicionales, como la presentación de manuales, diseños de envases, resoluciones de registro sanitario y otras materias propias de la potestad reglamentaria, entre ellas el formato de las contraindicaciones, las características de seguridad de los envases y los métodos para verificar la calidad de los componentes.
Finalmente, la Contraloría dispuso que el Ministerio de Salud debe adoptar, a la brevedad, las medidas necesarias para regularizar la situación observada. Asimismo, precisó que el instructivo complementario también deberá ser revisado, toda vez que no consta que haya sido aprobado mediante el correspondiente acto administrativo y debe ajustarse a los criterios expuestos en el dictamen.
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