¿Testigos Inhábiles para Declarar en Chile? Sobre los Juzgados de Policía Local y la Sana Crítica
Lo natural es pensar que el estándar de la prueba al ser más amplio y laxo en los Juzgados de Policía debiese permitir con mayor razón no solo la declaración de testigos inhábiles, sino que su testimonio debiera ser considerado con mayor relevancia para la resolución de las disputas judiciales. Sin embargo, lo anterior no es claro, por cuanto existe jurisprudencia que los sigue excluyendo conforme a lo dispuesto en el artículo previamente reseñado.

En los Juzgados de Policía Local es conocido que, la prueba debe ser examinada por el Tribunal conforme al criterio de la “Sana Crítica”. Sin embargo, la legislación no siempre especifica claramente si los testigos llamados “inhábiles”, estos son, aquellos a que se refiere el artículo 358 del Código de Procedimiento Civil, debe su testimonio ser o no considerado por el Juez a la hora dictar sentencia.
Esto puede deberse a, como veremos a continuación, lagunas en las leyes existentes o sencillamente, a la falta de precedentes o acuerdos meridianamente claros en las decisiones judiciales.
Si bien la preocupación central de dicho artículo legal, creado principalmente para el sistema de apreciación o valorización de prueba tasada, es la preocupación por la dificultad inherente que, los testigos con relaciones personales cercanas con la parte que los presenta, puedan proporcionar testimonios que sean considerados objetivos e imparciales, cuando existen claras demostraciones empíricas que dan cuenta que rara vez lo son.
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