Cartas al Director
Principios del Reglamento
Un procedimiento se instala para un leal, correcto y adecuado desenvolvimiento de los operadores. En este caso, de los constituyentes. Y son estas personas las encargadas de redactar su propio reglamento.

En el año 2015, el Juez de la Corte Suprema de Estados Unidos, Antonin Scalia, visitó Chile. Al ser consultado por el proceso constituyente, afirmó que esta es “una época terrible para escribir una Constitución (…) estoy observando que eso no es lo mejor en este siglo.” (El Mercurio, 15 de marzo de 2015). El magistrado recalcó que el país puede brindarse una nueva Carta Magna, pero se corre el peligro de diseñar una mala estructura, lo que provocaría consecuencias desastrosas. Es una buena advertencia ante tan importante y delicado proceso.
El resultado está condicionado por su procedimiento. Un procedimiento se instala para un leal, correcto y adecuado desenvolvimiento de los operadores. En este caso, de los constituyentes. Y son estas personas las encargadas de redactar su propio reglamento. Los integrantes van a fijar el camino para llegar al consenso. También, la articulación del reglamento da la eficacia y eficiencia del trabajo del órgano constituyente.
Con ánimos de contribuir elementos al debate, me referiré a una propuesta poco considerada en el medio local, consistente en que deben incorporarse además de reglas, una batería de principios informadores del procedimiento.
Temas
Te puede interesar

Cartas al Director
Violencia vicaria en Chile: reconocerla no es protegerla

Cartas al Director
La dilación injustificada en el procedimiento administrativo de Regularización Migratoria: A propósito del artículo 155 de la Ley N° 21.325 y la vigencia del plazo razonable frente a la inactividad estatal

Cartas al Director
Automatización, inteligencia artificial y deber de supervisión: ¿puede existir control humano cada seis segundos?
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.