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Violencia vicaria en Chile: reconocerla no es protegerla

Aunque la Ley N° 21.675 reconoció la violencia vicaria como una forma de violencia de género, su falta de tipificación autónoma y las barreras económicas, territoriales y culturales dificultan una protección efectiva. El desafío pendiente es fortalecer la respuesta institucional mediante formación especializada, acompañamiento jurídico gratuito y protocolos que permitan identificar, denunciar y enfrentar estas conductas.

Por Anemiren Pacheco Espinoza·30 de julio de 2026·1 min de lectura
Imagen: ChatGPT/Elke
Imagen referencial

Con la Ley N° 21.675 (2024), Chile reconoció por primera vez la violencia vicaria como una tipología de violencia de género: aquella que un agresor ejerce a través de los hijos u otros seres queridos para dañar a una mujer, cuando ya no tiene control directo sobre ella. Es un avance real, pero esta forma de violencia sigue sin estar tipificada como figura autónoma en nuestro ordenamiento, y esa ausencia dificulta que tribunales y servicios de protección actúen con claridad frente a un fenómeno que, según cifras de la Biblioteca del Congreso Nacional, afecta al 98,7% de los niños y niñas que conviven con madres víctimas de violencia de género.

El problema no es solo normativo, es también estructural. Las mujeres sin dinero para un abogado, que viven lejos de un tribunal o que temen perder a sus hijos si denuncian, enfrentan una ley que puede ser irrelevante si no existe un sistema que las acompañe a usarla. España reconoce la violencia vicaria desde 2004 y México desde 2007, ambos con protocolos de actuación y formación obligatoria para quienes trabajan en el sistema judicial. Chile llegó tarde, y ese rezago no es solo legal, también es cultural.

Nombrar una violencia en la ley es apenas el punto de partida. Falta formación con perspectiva de género para jueces y fiscales, acompañamiento jurídico gratuito para quienes no pueden pagarlo, y que el Estado garantice que quien sufre esta violencia pueda reconocerla, denunciarla y obtener protección efectiva.

Anemiren Pacheco Espinoza

Estudiante de Derecho

Universidad Andrés Bello

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