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Diario Constitucional

Recurso de casación en el fondo acogido, en fallo dividido.

Prescripción adquisitiva de un inmueble debe declararse aun cuando el demandante tenga un título inscrito previo a su favor.

El poseer un justo título inscrito no significa que el demandante ya adquirió por tradición, pues tal título es uno de los requisitos para que la prescripción adquisitiva sea declarada.

Por Redacción·27 de julio de 2022·1 min de lectura
Imagen: laley.pe
Referencial

El poseer un justo título inscrito no significa que el demandante ya adquirió por tradición, pues tal título es uno de los requisitos para que la prescripción adquisitiva sea declarada . . .

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