12°C ·Santiago·03 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Derecho a desconexión.

No procede que trabajadores remitan correos durante el tiempo de desconexión con el objetivo de cumplir obligaciones propias de la prestación de servicios.

Se trata de un derecho irrenunciable al constituir una manifestación del derecho a descanso.

Por Redacción·10 de julio de 2022·1 min de lectura
Imagen: empresas.infoempleo.com
Referencial

Se trata de un derecho irrenunciable al constituir una manifestación del derecho a descanso . . .

Te puede interesar

Suscribirme a Newsletter