Contraloría General de la República.
No procede que la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena a través de un instructivo incorpore requisitos adicionales a los legales para efectos de autorizar una permuta de tierras indígenas.
Mediante un instructivo interno, CONADI fijó como requisito adicional a lo previsto en la ley que el inmueble no indígena fuera de una cabida igual o superior al área indígena, exigencia no contemplada en la ley para materializar una permuta.

Mediante un instructivo interno, CONADI fijó como requisito adicional a lo previsto en la ley que el inmueble no indígena fuera de una cabida igual o superior al área indígena, exigencia no contemplada en la ley para materializar una permuta . . .
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