
Certificado de goce entregado por la CONADI no acredita el dominio de un terreno indígena, a fin de constituir derechos de aprovechamiento de aguas sin autorización de los demás copropietarios.
DGA tiene la obligación de verificar el cumplimiento de los requisitos para la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas -en razón de la protección que debe brindar a las aguas existentes para beneficio de las comunidades indígenas.
22 de noviembre de 2023

