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Diario Constitucional

Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

Horas extraordinarias y descanso compensado pagados regularmente deben ser considerados como parte de la última remuneración del trabajador, resuelve la Corte Suprema.

El artículo 172 del Código del Trabajo excluye de la base de cálculo de la remuneración, para efectos del pago de indemnizaciones, a aquellos pagos ocasionales o esporádicos, sin embargo, se deben incluir todos los ingresos extraordinarios que fueron pagados de forma regular por el empleador.

Por Redacción·31 de octubre de 2022·1 min de lectura
Las horas extras se consideran parte de la remuneración para el cálculo de las indemnizaciones si el empleador hace uso permanente de ellas para extender la jornada del trabajador.
Referencial

El artículo 172 del Código del Trabajo excluye de la base de cálculo de la remuneración, para efectos del pago de indemnizaciones, a aquellos pagos ocasionales o esporádicos, sin embargo, se deben incluir todos los ingresos extraordinarios que fueron pagados de forma regular por el empleador . . .

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