Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.
Horas extraordinarias y descanso compensado pagados regularmente deben ser considerados como parte de la última remuneración del trabajador, resuelve la Corte Suprema.
El artículo 172 del Código del Trabajo excluye de la base de cálculo de la remuneración, para efectos del pago de indemnizaciones, a aquellos pagos ocasionales o esporádicos, sin embargo, se deben incluir todos los ingresos extraordinarios que fueron pagados de forma regular por el empleador.

El artículo 172 del Código del Trabajo excluye de la base de cálculo de la remuneración, para efectos del pago de indemnizaciones, a aquellos pagos ocasionales o esporádicos, sin embargo, se deben incluir todos los ingresos extraordinarios que fueron pagados de forma regular por el empleador . . .
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