Dirección del Trabajo.
Clubes de fútbol pueden acogerse a la suspensión de contratos que regula la Ley de Protección al Empleo.
A juicio de la autoridad, la suspensión procede cuando se imposibilitan o dejan de realizar todas las actividades vinculadas con el fútbol.

A juicio de la autoridad, la suspensión procede cuando se imposibilitan o dejan de realizar todas las actividades vinculadas con el fútbol . . .
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