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Amparo Constitucional

Corte de San Miguel rechaza recurso de amparo.

Vigilar el domicilio de una persona conforme al Sistema de Inteligencia del Estado, no requiere de autorización previa.

Los hechos denunciados no constituyen privación, perturbación o amenaza del derecho a la libertad personal y seguridad individual de la persona en cuyo favor se recurre.

Por Francisca Barrios Benavente·12 de noviembre de 2022·1 min de lectura
Vigilar el domicilio de una persona conforme al Sistema de Inteligencia del Estado, no requiere de autorización previa.
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Los hechos denunciados no constituyen privación, perturbación o amenaza del derecho a la libertad personal y seguridad individual de la persona en cuyo favor se recurre . . .

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