"Supuestas vulneraciones al Derecho de Propiedad".
Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación de EFE contra el Ministerio del Medio Ambiente que pretendía redefinir el área del Humedal Urbano Estero Quilpué.
La sentencia enfatiza que ni la Ley N° 21.202, ni su Reglamento limitan el reconocimiento de humedales a aquellos que se emplacen dentro de bienes fiscales, públicos o privados; tampoco establecen una prohibición absoluta, ni ex ante de la ejecución de actividades o proyectos en humedales urbanos.

La sentencia enfatiza que ni la Ley N° 21.202, ni su Reglamento limitan el reconocimiento de humedales a aquellos que se emplacen dentro de bienes fiscales, públicos o privados; tampoco establecen una prohibición absoluta, ni ex ante de la ejecución de actividades o proyectos en humedales urbanos . . .
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