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Actualidad Internacional

Malasia vs. herederos del sultán de Joló

Tribunal Supremo español confirma condena a arbitro por desobedecer orden judicial en arbitraje internacional

Gonzalo Stampa recibe 6 meses de prisión por continuar como árbitro en disputa millonaria entre Malasia y herederos del sultán de Joló pese a la orden judicial de detener su actuación. Dictó sentencia que condena a Malasia a pagar 15.000 millones de dólares a los demandantes

Por Elke von Loebenstein·02 de noviembre de 2025·4 min de lectura
Imagen: El Confidencial
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de España confirmó la condena de seis meses de prisión impuesta al abogado Gonzalo Stampa por un delito de desobediencia, al no acatar el mandato del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que le ordenaba cesar en su actividad como árbitro en una controversia internacional entre el Estado de Malasia y un grupo de ciudadanos filipinos, herederos del sultán de Joló, por un territorio ubicado en Borneo septentrional.

Según los hechos probados, el acusado desobedeció el requerimiento judicial notificado en julio de 2021 y continuó con la tramitación del procedimiento arbitral hasta su conclusión.

Durante el proceso, trasladó la sede del arbitraje a París y dictó, en febrero de 2022, el laudo final que condenaba a Malasia a pagar 15.000 millones de dólares a los demandantes.

El Tribunal Supremo desestimó el recurso de Gonzalo Stampa contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que ya había rechazado la apelación presentada frente a la condena inicial del Juzgado de lo Penal. Dicha sentencia imponía seis meses de prisión y un año de inhabilitación especial para ejercer como árbitro.

La resolución señala que la condena se basa en la negativa del acusado a acatar la orden de cese emitida por el Letrado de la Administración de Justicia de la Sala Civil y Penal del TSJ de Madrid, que le comunicó la instrucción de finalizar su función arbitral, previamente asignada por ese mismo órgano. Esta orden se originó tras la estimación de un incidente de nulidad presentado por el Estado de Malasia, que alegó vulneración de las garantías de emplazamiento a Estados extranjeros.

El Tribunal Supremo no comparte los argumentos del recurrente, quien sostuvo que el mandato judicial representaba una intromisión jurisdiccional en el arbitraje, que el letrado de la Administración de Justicia había excedido sus competencias, y que no concurría el elemento subjetivo del delito de desobediencia. También alegó la eximente de haber actuado en cumplimiento de un deber o en el ejercicio de un derecho profesional.

En la sentencia indica que “el acusado fue conocedor de que el procedimiento para su nombramiento había sido anulado por la misma autoridad judicial que inicialmente le había asignado la función y, pese a ello, decidió culminar un proceso de arbitraje para el que había quedado desautorizado y cuyo desarrollo le había sido específicamente prohibido, pretendiendo con ello que la supervisión judicial quedara pospuesta y sometida al eventual ejercicio de una acción de anulación contra su decisión final”.

El fallo añade que el órgano judicial que dictó la decisión tenía plena facultad para revisar y declarar la nulidad del nombramiento, sin que los árbitros pudieran “negar, cuestionar, tachar o revisar el acto jurisdiccional”.

Según el Tribunal Supremo, el recurrente decidió no acatar la resolución y el mandato de cese por considerar que suponían una intromisión en el arbitraje que no compartía, y “con una política de hechos consumados, optó por imponer su consideración jurídica al mandato claro y terminante del Tribunal”.

Respecto a la actuación del Letrado de la Administración de Justicia, el Tribunal Supremo señala que la Ley Orgánica del Poder Judicial le atribuye la función de velar por el cumplimiento de las decisiones de jueces y tribunales en el ámbito de sus competencias. Por ello, entiende que en este caso actuó correctamente al comunicar al acusado que su nombramiento había sido anulado y requerirle que se abstuviera de continuar con su actividad arbitral.

Los herederos que litigaron contra Malasia reclamaban el pago que el sultán de Joló en 1878, Muhammad Jamal al Alam, acordó a cambio de ceder a perpetuidad la explotación de sus territorios en el norte de Borneo, el actual estado de Sabah (Malasia).

Malasia abonó este pago desde su independencia, en 1963, hasta 2013, cuando unos militantes reclamaron los territorios y se enfrentaron con las fuerzas armadas malayas.

Stampa dio la razón a los litigantes y en 2022 dictó un laudo que ordenó a Malasia pagar 14.920 millones de dólares (unos 13.500 millones de euros) a estos supuestos herederos, pese a que la Justicia española le había ordenado un año antes dejar el arbitraje en el que fue destituido.

Hasta que dejó de hacerlo en 2013, Malasia pagó a los herederos del sultanato unas rentas anuales de 5.300 ringgit (unos 1.200 dólares o 1.100 euros), mientras que el laudo fijó un pago hasta 2044 de un total de 14.920 millones de dólares, que suponían en 2022 un 4,17 por ciento del producto interior bruto de Malasia.

En todo momento, Malasia ha calificado de nulo este procedimiento y el país ha conseguido varias sentencias y decisiones judiciales contra Stampa y el laudo tanto en España como en Francia.

Los herederos del sultán intentaron primero un proceso de arbitraje en Reino Unido, sin recibir respuesta, y en 2017 iniciaron los trámites en España, donde Stampa fue nombrado árbitro en 2019 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que dos años después le destituyó.

Este litigio hunde sus raíces en la época colonial, en el siglo XIX, cuando Filipinas era parte del menguante Imperio español, que solo tuvo control limitado sobre el sultanato de Joló, contra el que envió varias expediciones de castigo para combatir la piratería y la intromisión de las potencias europeas.

Fue en ese contexto cuando el sultán de Joló firmó en 1878 un acuerdo de cesión por perpetuidad de la explotación de sus territorios, en favor del barón de Overbeck y Alfred Dent, que después abonó la empresa British North Borneo y desde su independencia, Malasia.

El último sultán de Joló reconocido murió en 1936.

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