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Actualidad Internacional

Tribunal Supremo de España.

Si bien constituye una irregularidad no escuchar en la audiencia de juicio oral las intervenciones telefónicas que permitieron autorizar el ingreso y registro en el domicilio, no adolece de nulidad la prueba obtenida en dicha diligencia.

Es carga del recurrente exponer ante este Tribunal, los motivos concretos que le llevan a considerar el alcance de su queja casacional, con todos sus fundamentos y elementos necesarios para su decisión, con clara exposición de su discrepancia, sin que sea labor de este Tribunal intentar hacer conjeturas acerca de la razón de su disidencia.

Por Francisca Barrios Benavente·20 de diciembre de 2023·1 min de lectura
Aunque el derecho a la protección o reserva de los datos y el derecho a la intimidad tienen evidentes caracteres comunes, no todo acceso a datos protegidos constituye por sí misma una violación del derecho a la intimidad.
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Es carga del recurrente exponer ante este Tribunal, los motivos concretos que le llevan a considerar el alcance de su queja casacional, con todos sus fundamentos y elementos necesarios para su decisión, con clara exposición de su discrepancia, sin que sea labor de este Tribunal intentar hacer conjeturas acerca de la razón de su disidencia . . .

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