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Actualidad Internacional

Responsabilidad penal de persona jurídicas

¿Puede una persona jurídica ser a la vez parte acusadora e investigada en un proceso penal?

Audiencia Nacional de España admitió que empresas investigadas puedan también sostener una acusación particular. Establece criterios excepcionales para permitir este doble rol procesal.

Por Elke von Loebenstein·05 de agosto de 2025·2 min de lectura
Imagen: elderecho.com
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La Audiencia Nacional de España sentó un importante precedente al admitir, de forma excepcional, que una empresa investigada penalmente pueda ejercer simultáneamente como acusación particular en el mismo procedimiento.

Esta controvertida decisión incide en el caso Defex-Mercasa, una investigación judicial sobre presuntos pagos de comisiones ilegales en contratos de suministro a la policía angoleña, donde participaba la empresa pública española Mercasa. El juez investiga si Mercasa y otras empresas pagaron sobornos para obtener contratos en Angola, incluyendo uno por 152 millones de euros.

Hasta ahora, la jurisprudencia mayoritaria se había mostrado reacia a admitir que un mismo sujeto pudiera ser a la vez acusado y acusador en un proceso penal, salvo en casos muy puntuales. Sin embargo, el tribunal considera que, bajo ciertas circunstancias, permitir esta dualidad puede ser coherente con los fines del proceso penal y fomentar buenas prácticas corporativas.

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