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Argentina.

Empresa debe indemnizar a trabajador despedido que habría realizado comentarios injuriosos en Facebook al no lograr acreditar que fuera el titular de la cuenta utilizada para “postear” en su contra.

No se encuentra acreditado que el actor haya participado en los hechos como para justificar su despido; máxime cuando la dilatada antigüedad que tenía aquel en la empresa ameritaba un examen exhaustivo de la cuestión, cosa que no se advierte. Desde esta perspectiva, no existen fundamentos válidos para apartarse de lo decidido en origen.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·06 de noviembre de 2023·1 min de lectura
imagen: elheraldo.co
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No se encuentra acreditado que el actor haya participado en los hechos como para justificar su despido; máxime cuando la dilatada antigüedad que tenía aquel en la empresa ameritaba un examen exhaustivo de la cuestión, cosa que no se advierte. Desde esta perspectiva, no existen fundamentos válidos para apartarse de lo decidido en origen . . .

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