Actualidad Internacional
Derecho a no ser sometido al uso irracional de la fuerza pública
Corte Suprema de EE.UU. revoca fallo que avaló disparos de un agente y ordena evaluar el uso de la fuerza considerando todo el contexto
La razonabilidad del uso de la fuerza letal no puede limitarse al “momento de la amenaza”. Los tribunales deben analizar la totalidad de las circunstancias previas y posteriores al disparo durante una detención.

La Corte Suprema de Estados Unidos revocó la sentencia que había exonerado a un agente de seguridad que disparó y mató a un conductor en una estación de peaje, luego de que este intentara alejarse en su vehículo durante una detención.
El caso se originó cuando el agente intentó detener al conductor por supuestas infracciones y le ordenó bajar del automóvil. En lugar de hacerlo, el hombre avanzó con el vehículo; el agente se aferró a la puerta, saltó sobre ella y efectuó dos disparos al interior del coche, provocando la muerte del conductor. Solo transcurrieron cinco segundos entre el movimiento inicial del auto y su detención, y apenas dos segundos entre el momento en que el agente se sujetó de la puerta y el primer disparo.
La madre del fallecido presentó una demanda alegando que se había vulnerado el derecho constitucional de su hijo a no ser sometido a un uso excesivo de la fuerza, protegido por la Cuarta Enmienda. Sin embargo, tanto el tribunal de distrito como la cámara de apelaciones fallaron a favor del agente al aplicar la llamada regla del “momento de la amenaza”, según la cual únicamente debe evaluarse si, en el instante del disparo, el agente podía creer razonablemente que su vida estaba en peligro. Bajo ese criterio, los hechos previos no eran relevantes y los disparos se consideraron lícitos por el riesgo inmediato que el agente percibió al quedar aferrado a un coche en movimiento.
La Corte Suprema rechazó este enfoque y devolvió el caso al tribunal de origen. Sostuvo que las demandas por uso excesivo de la fuerza deben analizarse conforme a la Cuarta Enmienda, que exige que la fuerza empleada sea objetivamente razonable desde la perspectiva de un agente en el lugar de los hechos. Para ello, precisó, es indispensable considerar la totalidad de las circunstancias y no acotar el análisis a un instante aislado de la confrontación. El tribunal destacó que la evaluación del contexto no tiene un límite temporal rígido: aunque el momento de los disparos suele ser central, los hechos previos pueden influir decisivamente en cómo un agente razonable interpretaría la situación y respondería ante ella.
La Corte explicó que, en algunos casos, los acontecimientos anteriores permiten entender por qué un agente percibe una conducta ambigua como amenazante o, por el contrario, como inocua, y recordó que precedentes como Plumhoff v. Rickard muestran cómo lo ocurrido antes del disparo puede justificar —o no— el empleo de fuerza letal. En este caso, la aplicación estricta de la regla del “momento de la amenaza” impidió a los tribunales inferiores considerar elementos fundamentales, como los motivos de la detención o las interacciones previas entre el agente y el conductor, y los llevó a analizar solo los dos segundos finales del incidente.
El máximo Tribunal concluyó que una regla que excluye el examen de los hechos previos contradice su propia doctrina, basada en un análisis sensible al contexto y centrado en la totalidad de las circunstancias. También aclaró que no abordó la cuestión independiente de si la conducta del agente, al colocarse en una posición de peligro, debe influir en la evaluación de la razonabilidad, ya que los tribunales inferiores nunca examinaron ese punto y la denuncia original tampoco lo había planteado.
Con su decisión, la Corte Suprema reafirma que el análisis del uso de la fuerza policial no puede quedar cegado por una cronología reducida ni limitarse a un instante descontextualizado.
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